La sociedad extremeña del siglo XVIII es una sociedad
estamental.
Se encuentra dividida en tres estamentos (nobleza, clero y Tercer Estado o
estado llano), cuyas diferencias sociales están basadas sobre todo en
los privilegios, que disfrutan los dos primeros “estados”.
La nobleza extremeña, según aparece en el
censo de Floridablanca (1787), constituía un 3,4% de la población total. El poder de este grupo
se basaba en la propiedad de la tierra y la ocupación de los cargos
en la administración. La nobleza se encontraba dividida en varios grupos:
la alta nobleza (grandes y títulos), que disponía de grandes
propiedades y que generalmente vivía fuera de la región; la nobleza
media local, propietaria de la tierra, que controlaba el gobierno de los lugares
donde vivía; y, finalmente, los hidalgos que disponían de escasas
rentas y con frecuencia actuaban como criados de los otros nobles. Además,
durante el siglo XVIII aumentaron los obstáculos para el acceso a la
hidalguía, por parte de miembros del estado llano, debido a la mentalidad
reformista ilustrada que rechazaba comportamientos y estilos de vida improductivos
en la sociedad.
El estamento eclesiástico estaba integrado por obispos y canónigos
de las sedes episcopales, abades y frailes de conventos y monasterios y, en
el escalón inferior, los curas de los pueblos y aldeas. La riqueza del
alto clero procedía de sus extensas propiedades, del ingreso de sus
cuantiosas rentas (diezmos), del arrendamiento de las dehesas para la ganadería
trashumante o de la explotación de sus grandes rebaños (Un ejemplo
fue el Monasterio de Guadalupe).
Dentro del Tercer Estado, destacaban en el escalón superior los labradores y ganaderos acomodados, grupo minoritario de ricos propietarios de tierras y ganados que ejercen su poder controlando la vida municipal, al acaparar los cargos concejiles.
La burguesía (comerciantes, artesanos y funcionarios) experimentó un
pequeño desarrollo durante el siglo XVIII, aunque su número siguió siendo
muy insuficiente para hacer despegar la economía extremeña.
Dentro de la burguesía, destaca un grupo de comerciantes procedentes de Cameros (La Rioja) y Cataluña, establecidos en Zafra y Cáceres, dedicados al comercio, a la inversión inmobiliaria y a los préstamos de capitales. Estos comerciantes riojanos y catalanes crearon una serie de compañías comerciales, entre finales del siglo XVIII y primer tercio del siglo XIX, dedicadas al comercio de productos agropecuarios, lanas y artículos de tienda.
En el grupo de los artesanos destacan los fabricantes de paños asentados
principalmente en Hervás, Casatejada, Torrejoncillo y Torremocha, en
la provincia de Cáceres. Estos manufactureros textiles entraron en crisis
después de la “Guerra de la Independencia” y se vieron obligados
a emigrar a América.
En el grupo de funcionarios podemos señalar por su importancia numérica los abogados y los militares. Recordemos que en 1720 se crea la Intendencia de Extremadura, con sede en Badajoz, y en 1790, la Real Audiencia de Extremadura, con sede en Cáceres.
También dentro del Tercer Estado, pero con unas condiciones de vida sumamente inferiores, se encontraban los pequeños propietarios del campo, los arrendatarios, los yunteros, los jornaleros y los pequeños artesanos. Todos ellos se encontraban con mucha frecuencia al borde de la pobreza más absoluta.
Finalmente, nos encontramos con los marginados o excluidos de la sociedad:
los pobres, los esclavos y los gitanos. Este último grupo sufrió una
especial persecución durante el reinado de Fernando VI, siendo ministro
el Marqués de la Ensenada.
Aparte de todo lo anterior, la pervivencia del régimen señorial era el que marcaba las relaciones sociales y económicas en Extremadura. Existían dos tipos de señoríos: el territorial y el jurisdiccional. La existencia del señorío territorial permitía que los estamentos privilegiados (nobleza y clero) ejerciesen un dominio directo sobre la tierra y exigiesen el cobro de determinados impuestos y diversas prestaciones. El señorío jurisdiccional comprendía el gobierno y la administración de justicia sobre pueblos y aldeas, cuyo ejercicio correspondía a los estamentos privilegiados.
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